Soporte y Servicio Técnico

Nuestra política de garantía establece 1 año de respaldo a nuestros productos, donde los primeros 3 meses el cliente podrá optar por reparación, cambio o devolución ante falla del producto; luego del tercer mes de garantía, el cliente podrá seguir optando por la reparación y si la falla persiste por más de tres arreglos, se puede proceder al cambio del producto.

Los cambios se realizan previa inspección técnica que acredita la falla del mismo. Para ellos hemos dispuesto distintas vías de comunicación que consideren el sitio web o teléfono (600 712 1000), de esta manera poder lograr una mayor fluidez en el agendamiento.

Si el producto no puede ser reparado en primera instancia se trasladará a nuestro taller para finalizar con su revisión y reparación.

Garantías legales y beneficios ofrecidos por el fabricante

Si presenta fallas o defecto dentro de los seis meses siguientes a la fecha que fue recibido, puede optar entre su reparación, cambio o devolución, siempre que el producto no se hubiera deteriorado por un hecho imputable al consumidor. Puedes entregarlo directamente en un servicio técnico autorizado por el fabricante o si lo prefieres.

Si tu producto cuenta con una garantía del fabricante, Simple Cook siempre respetará este plazo, si dicho plazo fuera mayor. Todos estos plazos se suspenderán por el tiempo en que el bien esté siendo reparado en ejercicio de su garantía y hasta que se complete su reparación.

Se considera que hay una falla o defecto:

a) Si los productos sujetos a normas de seguridad o calidad de cumplimiento obligatorio no cumplen con las especificaciones correspondientes.
b) Si los materiales, partes, piezas, elementos, sustancias o ingredientes que constituyen o integran los productos no corresponden a las especificaciones que ostentan oa las menciones del rotulado.
c) Si cualquier producto, por deficiencias de fabricación, elaboración, materiales, partes, piezas, elementos, sustancias, ingredientes, estructura, calidad o condiciones sanitarias, en su caso, no sea enteramente apto para el uso o consumo al que este destinado o al que el proveedor hubiera designado en su publicidad.
d) Si el proveedor y consumidor hubieran convenido que los productos objetos del contrato deban reunirse determinadas especificaciones y esto no ocurre (debe constar por escrito)
e) Si después de la primera vez de haber hecho efectiva la garantía y prestado el servicio técnico correspondiente, si subsistieran las deficiencias que hagan al bien inapto para el uso o consumo que se refiere la letra C. Este derecho subsistirá para el evento de presentar una deficiencia distinta a la que fue objeto del servicio técnico o volviera a presentar la misma deficiencia dentro de los plazos a que se refiere el artículo siguiente.
f) Si la cosa objeto del contrato tiene defectos o vicios ocultos que imposibilitan el uso al que habitualmente se destina.
g) Si la ley de los metales en los artículos de orfebrería, joyería u otros sean inferiores a los que se indiquen.

Para estos efectos se considerará que es un solo bien aquel que se ha vendido como un todo, aunque esté conformado por distintas unidades, partes, piezas o módulos. No obstante, estos pueden o no prestar una utilidad en forma independiente de otra. Sin perjuicio de ello, tratándose de su reposición, esto se podrá efectuar respecto de una unidad, parte, pieza o módulo siempre que sea por otra igual a la que se restituye.